Pellets de Polvo: La Subcomisión de Arbitraje emitió su dictamen

La Subcomision de Arbitraje y Seguridad adhiere a los estandares ASTM de seguridad. El estatuto social de la AAP en su articulo primero en general y en su inciso D en particular especifica que uno de sus objetos es «Difundir, respetar y apoyar normas y leyes vigentes de seguridad y conducta deportiva, velando por el Fair Play o Juego Limpio.»
Visto y considerando lo anteriormente mencionado y haciendo referencia a la licencia de las normativas ASTM que permiten su reproducción parcial solo en el marco del denominado «Fair Use» o «Uso Justo» (Articulo 3 Sección A). Se transcriben aquellas secciones que hacen directamente referencia a las mascaras, su resistencia y métodos de prueba así como las paintballs y sus características. Se realizara una traducción al castellano de las mismas para facilitar su comprensión.
ASTM 1776-01 Especificación estandard para equipamiento protector de ojos para el deporte del paintball.
5.3.3 Prueba de peso y dimension— El tamaño del muestreo deberá ser de 25 paintballs. Su peso deberá estar entre 3.1 y 3.3 gramos. Su diámetro deberá ser medido tanto en su costura como diámetro polar y deberá ser de o entre 16.89 y 17.78 mm (0.665 y 0.700 in.)
5.3.4 Prueba de fuerza de ruptura—Tirar 100 paintballs, individualmente, desde una altura de 1.83 m a un piso limpio de concreto. Al menos 3 pero no mas de 25 de las mismas deberan romper. Aquellas que no rompieran deberan ser descartadas
7.1.3 Los proyectiles deberían ser paintballs y deberán ser probados tal y como se especifica en los puntos 5.3.3 y 5.3.4. (Ver arriba)
ASTM 1979-99 Paintballs
3.3 Peso Maximo—Las paintballs no deben pesar mas de 3.5 gramos.
Visto y considerando lo arriba expuesto, es la consideración de esta Subcomision que los denominados pellets de polvo no son aptos para la practica de nuestro deporte. Esta Subcomision elevara la presente decisión a la Comisión Directiva de la AAP para su ratificación y publicación en caso de que esta lo considere necesario.
Evidentemente la AAP no puede ni tiene la intención de dictaminar que puede o no puede usarse en encuentros privados donde la misma no este directa u indirectamente involucrada, aunque recomienda con firmeza que las mismas no sean utilizadas.
Dicho esto, sera la recomendación de esta subcomision que sea condición sine qua non (sin la cual no) para la contratación de árbitros de la misma la aclaración explicita por parte del organizador de la prohibición de utilización de los mismos así como cualquier otro proyectil equivalente y que no cumpla con las normativas anteriormente mencionadas.
Ante las reiteradas preguntas con respecto a los denominados pellets de polvo de bore .43 y dado que la AAP adhiere a las normativas ASTM, estos tampoco podrán ser utilizados en eventos organizados o en los que la AAP participe, al menos hasta que se hagan las pruebas correspondientes de homología de los mismos, en cuyo caso se emitirá una resolución rectificativa de la presente.
Andres «Cyberian» Bayley Bustamante
Encargado de la Subcomision de Arbitraje & Seguridad (gestión 2010)

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